"Congregaciones que rebasan los cinco mil habitantes aspiran a que se les reconozca el rango de pueblo, como el caso específico del ejido Lázaro Cárdenas, cuya urbanización ha crecido tanto que casi todas sus calles han sido pavimentadas.
El municipio de Tihuatlán, asentado en 82 mil 830 hectáreas, lo que abarca 828 mil 030 kilómetros cuadrados, cuenta con 84 comunidades, incluidas dos con rango de pueblos, que son Plan de Ayala y Totolapa, que conforman la llamada zona conurbada, así también 17 colonias en la cabecera.
Asentado a la orilla de la carretera federal Poza Rica-Tihuatlán, el ejido Lázaro Cárdenas del Río (Kilómetro 6), con sus colonias Antorchista y El Paraíso, tiene más de 5 mil habitantes y cuenta con 14 calles pavimentadas, siendo muy pocas las que están pendientes de urbanizar.
“En poco tiempo podría estar al 100% urbanizado y podría reunir los requisitos para convertirse en pueblo”, apuntó el consejero comunitario y ex agente municipal, Pedro Tolentino Blanco.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Municipio Libre, para que una congregación se eleve a categoría de pueblo debe tener al menos cinco mil habitantes y los servicios públicos y educativos indispensables, lo que cumple Lázaro Cárdenas, en cuyo fundo existen incluso hoteles.
Del mismo modo, otras localidades que reciben la nominación de ranchería podrían ascender a congregación, con lo que la autoridad auxiliar dejaría de ser subagente y sería agente municipal.
Cabe mencionar que es el Congreso del Estado o la Diputación Permanente la instancia que podrán crear o suprimir congregaciones, según el caso, y determinar la extensión, límites, características y centros de población que las integren.
Los centros de población que cumplan los requisitos señalados para cada categoría podrán ostentarla oficialmente, mediante la declaración que realice el ayuntamiento, con la aprobación previa del Congreso o de la Diputación Permanente. En la misma forma se procederá para el cambio de categoría y denominación de los centros de población."
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